En Bastida-Romero & Sepúlveda, abogados Sevilla, estamos especializados en Derecho Administrativo para realizar reclamaciones por caídas en vía pública, ofreciéndote un asesoramiento y estudio personalizado de tu caso.
Las caídas en la vía pública (por baldosas rotas o sueltas, desniveles, etc.) son, sin duda, los casos más frecuentes de responsabilidad patrimonial en los que pueden incurrir los Ayuntamientos.
Por otro lado, las caídas en establecimientos privados también son más que frecuentes (por ejemplo, resbalar con el detergente derramado en el suelo de un supermercado), y ante ellas, tendrá que responder el seguro contratado por el establecimiento para estos casos. Si el establecimiento no tiene seguro, será el mismo establecimiento el que responda de los daños ocasionados.
En cualquier caso, si has sufrido una caída, recuerda que tienes derecho a ser indemnizado por los daños y lesiones sufridos. Para ello, hay que realizar una reclamación previa, destinada a la resolución extrajudicial del asunto (sin llegar a juicio) y ante la más que común respuesta negativa (tanto de los seguros, como de los ayuntamientos), habrá que interponer la correspondiente demanda.
Una vez establecidas estas características esenciales, conviene a señalar los supuestos más frecuentes de responsabilidad patrimonial por caídas en la vía pública:
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